Es el proceso de ingreso, formación, desarrollo, evaluación, promoción y cesación de los académicos y académicas. La regula el Decreto Exento N°1312 de 2022, que reemplazará al DU N°279 de 1993.
No. Entrará en vigencia cuando se aprueben los reglamentos de Cumplimiento de Jornada, Evaluación y Calificación del Desempeño, y Perfeccionamiento Académico. Mientras tanto rige el DU N°279.
No. Son preliminares. Primero se analizarán en cada Consejo de Facultad; luego la Vicerrectoría Académica consolidará las observaciones y las presentará al Consejo Universitario, para su posterior elevación al Consejo Superior.
Tras la entrada en vigencia habrá 6 meses para presentar ante tu Director/a una solicitud con un plan de trabajo. Si no la presentas, quedarás en el perfil Docente o, si tu jornada es inferior a 11 horas, en el Profesional. (Decreto, Art. Transitorio 7)
Sí, con antecedentes, un plan de trabajo y el acuerdo del Consejo de Escuela o Instituto. Resuelve la Comisión de Jerarquización de Facultad o, para Titulares, la Institucional. (Decreto, Art. 7)
Sí, ante la Comisión de Apelación, a través de tu Decano/a, dentro de 15 días hábiles desde la notificación. Su decisión es inapelable. (Decreto, Arts. 17 y 18)
Se definirá en el Reglamento de Cumplimiento de Jornada. Revisa las propuestas de cada perfil en los detalles de más arriba.
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